Los derechos y deberes de los munícipe según la ley 176-07 en su articulo 14 son:
- Elegir y ser elegible de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, la Ley Electoral y esta ley.
- Hacer uso de los servicios públicos municipales en las condiciones establecidas en las ordenanzas y reglamentos municipales.
- Exigir que las competencias propias, coordinadas y/o delegadas sean prestadas con eficiencia, eficacia y transparencia ante el ayuntamiento, las instancias de lo contencioso administrativo, instancias de control interno y externo de la administración pública.
- en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y reglamentos.
- Consultar los archivos y registros de los ayuntamientos, así como obtener copias y certificaciones de los documentos de dominio público municipal, conforme lo establecido en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
- Desarrollar y formar asociaciones destinadas a la defensa de los intereses colectivos de ámbito comunitario.
- Reclamar ante los órganos de gobierno municipal contra los actos u omisiones de estos que les perjudiquen individual o colectivamente.
- Cumplir con las ordenanzas y disposiciones municipales, con sus obligaciones tributarias y denunciar los hechos y actos que lesionen el patrimonio municipal.
- Todos aquellos otros derechos y deberes previstos en la Constitución y las leyes.